sábado, 26 de septiembre de 2009

Paper "La Cadena de Custodia"

LA CADENA DE CUSTODIA

Abg. Magno Dean Molina Barriga
Registro Nro. 05866 C.A.A.
e-mail: magnomolina22@hotmail.com

Se conoce como tal, a la acción de seguridad que debe de recaer sobre cada uno de los indicios o evidencias recogidos de la escena del crimen, acción que garantiza la intangibilidad de estos rastros hasta el momento en que llega a las manos del perito del laboratorio que procederá a su análisis, puesto de que de ella depende la variedad de los resultados que se obtengan (sí deformamos un proyectil, probablemente ya no se pueda identificar el arma que lo disparó; si humedecemos un papel con escritura hecha con tinta líquida, probablemente las letras se corran en el papel y ya no se pueda hacer una identificación de puño gráfico; si mezclamos prendas manchadas, tendríamos que las manchas se trasladarían a las prendas limpias; y, si la muestra queda en manos de personas no autorizadas, podría ser objeto de daño o destrucción, sino desaparición). El descuido o el poco celo en cuanto a la cadena de custodia, no hace sino conducirnos a la carencia de credibilidad del resultado obtenido.
(Dr. Pablo A. RODRIGUEZ REGALADO)

El elemento material probatorio lo constituye cualquier artículo tangible pequeño o grande que tiene a probar o a oponerse a una hipótesis sobre un punto en cuestión y puede ser legalmente sometido a un tribunal competente como medio de valorar la verdad de cualquier asunto bajo investigación.

Dentro de las ciencias forenses, el principio de intercambio señala que el delincuente, en su paso por la escena del crimen, deja indicios de su presencia y de la comisión de su conducta y también él lleva en la mayoría de los casos algunos vestigios del lugar y de la victima. Como ya sabemos, existen procedimientos destinados a preservar, proteger y perennizar la escena del delito a fin de que, llegado el momento de realizar la recolección de los indicios y evidencias, éstos se encuentran sin contaminación o alteración alguna. El análisis posterior de estos elementos materiales probatorios permitirá resolver las hipótesis planteadas por el pesquisa al inicio de la investigación y que por tal razón deben de ser debidamente protegidos durante la totalidad del proceso investigatorio. La protección y preservación a la que hacemos mención constituyen los objetivos principales del tema que tratamos:

La Cadena de Custodia

Este concepto puede ser definido como una serie de procedimientos realizados a lo largo de un proceso investigatorio en forma ininterrumpida y documentada con el fin de garantizar cuatro aspectos referidos a los elementos materiales probatorios (indicios y evidencias) recolectados o incorporados a la investigación de un hecho delictivo.

Su Individualización

Seguridad preservación y autenticidad para los efectos del proceso. Es decir , este procedimiento garantiza que el elemento material o evidencia física identificado, fijado, recolectado, embalado y rotulado, es el mismo que esta en el lugar explorado (escena del crimen) y que se encuentra en igualdad de condiciones fenomenológicas a las que allí tenia. En este punto es importante señalar que el objetivo central de la cadena de la custodia no es proteger la calidad ni la cantidad de evidencias sino la identidad de la misma. el Ministerio Público, señala que La cantidad y calidad de cosa genérica implica la posibilidad de modificar aumentando o disminuyendo la cuantía o las cualidades de la cosa, o sustituyendo la misma . La ruptura de la Cadena de la Custodia se da por la perdida de identidad entre lo decomisado y lo entregado al perito no por la disminución de su cantidad por efectos en el sello de empaque.

Principios que rigen la Cadena de Custodia

Esta determinado por una serie de principios de carácter universal que lo rigen, los que necesariamente deben adecuarse a la normatividad jurídica de cada pis. Son entre otros lo siguientes:

  1. El policía, técnico o fiscal que recolecte evidencias, genere o analice muestras o elementos de prueba se constituye en un eslabón de la cadena de custodia.
  2. La cadena de custodia nace a partir de la recolección de las evidencias y por lo general termina con la comprobación de la autoridad judicial correspondiente.
  3. Toda evidencia recolectada debe embalarse, rotularse y registrarse para garantizar su autenticidad; con este mismo fin, toda evidencia recolectada debe de tener registro de cadena de custodia y dejar constancia de cada etapa donde la misma va pasando, a fin de probar en juicio la autenticidad de esta.
  4. El técnico que va a realizar el peritaje cuando compruebe que la cadena de custodia no ha existido o se ha interrumpido, deberá comunicarse inmediatamente con el fiscal a cargo del caso, existiendo la posibilidad de abstenerse inmediatamente con el fiscal a cargo del caso, existiendo la posibilidad de abstenerse de realizar el peritaje.
  5. En nuestro caso, los elementos materiales, evidénciales se registran en el formato de cadena de custodia mediante una descripción minuciosa de los caracteres, medidas, peso, etc... Del medio en el que se hallaron, de las técnicas utilizadas en el recojo y pericias que se dispongan, en el cual no se admiten enmendaduras. En caso que se ameriten una corrección , éste se efectuará entre paréntesis.
  6. En la cadena de custodia los elementos materiales, evidencias y administración de bienes incautados señala que este mecanismo descansa sobre los principios de : control tanto de todas las etapas como del actuar de los responsables de la custodia de los electos materiales y evidencias; la preservación, estos elementos a fin de garantizarse inalterabilidad; la seguridad de éstos con el empleo de técnicas y medios adecuados de custodia; la mínima intervención de funcionarios o personas responsables en cada uno de los procedimientos y la descripción detallada de las características de los elementos materiales y evidencias así como también del medio en que se hallaron, de las técnicas utilizadas y de las pericias.

Este procedimiento se inicia con la recolección , embalaje y rotulación de los elementos materiales y evidencias que se encuentran y recojan dentro de lo que denominamos escena del crimen “el lugar de hechos”, es decir, que este proceso se desarrolla durante las primeras diligencias de la investigación, sin embargo, no se no se observa que estos elementos materiales, es decir de ser considerados oportunos, también puedan ser incorporados al proceso penal dentro de la etapa de la investigación preparatoria. La recolección, el embalaje y la rotulación a los que nos referimos líneas arriba deben ser llevados a cabo observando la s indicaciones generales y las recomendaciones específicas en las cuales se tendrá en cuenta el tipo de evidencia o elemento material que se encuentra dentro de la escena; así tenemos que al tratarse de platos, vidrios o cartones, éstos se toman por los bordes, filos o puntas a fin de no destruir las huellas papilares que pudieran haber; en el caso de encontrar armas de fuego, éstos se toman por el aro protector del gatillo; en caso de encontrarse sangre, esta debe de estar seca para ser posible su raspado con un cuchillo luego de lo cual se envía al laboratorio en un tubo de ensayo.

Dentro del desarrollo de cada una de las etapas de la cadena de custodia, los responsables de recibir los elementos materiales y evidencias deben corroborar que estos objetos sean enviados juntos con el respectivo formato de cadena de custodia, asimismo, se debe realizar la revisión del embalaje de estos objetos a fin de observar si se presenta alguna alteración o modificación tanto en el embalaje mismo, como en los rótulos o etiquetas. En caso de descubrir alguna alteración en los rótulos o el embalaje, el responsable deberá comunicarlo de manera inmediata al jefe inmediato y a la autoridad competente, dejando constancia escrita en el formato de cadena de custodia.

La cadena de custodia finaliza con la disposición o resolución que establezca su destino final, este mandato, emitido por el juez, o en su caso por el Fiscal, será comunicado al responsable del almacén, a la dependencia competente del organismo delegado que haga sus veces o al laboratorio forense, quien luego de recibir el mandato, debe corroborar su contenido, registrar en el formato, la disposición final del bien y concluir con la materialización de lo ordenado.

Video del Análisis de la Película "El Coleccionista de Huesos"

Cadena de Custodia


Es definida como una serie de procedimientos realizados a lo largo de un proceso investigatorio en forma ininterrumpida y documentada con el fin de garantizar 4 aspectores referidos a los elementos materiales probatorios (indicios y evidencias), recolectados o incorporados a la investigación de un hecho delictivo.